Ampliación de medidas legales contra el tabaquismo en Baja California









Mexicali, Baja California.- El Congreso del Estado de Baja California aprobó por unanimidad una serie de reformas a la Ley de Protección Contra la Exposición al Humo de Tabaco. El diputado Juan Diego Echeverría Ibarra, del Grupo Parlamentario del PAN, fue el iniciador de esta legislación.

Las reformas establecen la obligación para todos los establecimientos comerciales donde se permita fumar de contar con ceniceros y contenedores específicos para desechar colillas y otros residuos relacionados al tabaco. Aquellos que no cumplan con esta normativa estarán sujetos a multas.

Los cambios a la ley afectan a los artículos 4, 17, 19, 41 y 43 de la Ley de Protección Contra la Exposición al Humo de Tabaco del Estado de Baja California. Esta medida, que busca promover un entorno más limpio y saludable, fue aprobada por 18 votos a favor, sin votos en contra ni abstenciones.

El legislador subrayó la importancia de esta reforma, ya que las colillas de cigarro, a pesar de su tamaño reducido, tienen un impacto negativo significativo en el medio ambiente. Se estima que el 65% de las colillas y residuos de tabaco terminan en el suelo, causando daños a la biodiversidad.

En cuanto a las multas, se establecen sanciones que van desde diez hasta cien veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización para aquellos que fumen en lugares prohibidos. Los propietarios, administradores o responsables de lugares 100% libres de humo de tabaco que permitan fumar en su interior podrán enfrentar multas de mil hasta cuatro mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización. Además, las infracciones consideradas graves conllevan multas que oscilan entre cuatro mil y diez mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42 de esta Ley.

Las reformas establecen la obligación para todos los establecimientos comerciales donde se permita fumar de contar con ceniceros y contenedores específicos para desechar colillas y otros residuos relacionados al tabaco. Aquellos que no cumplan con esta normativa estarán sujetos a multas.

Los cambios a la ley afectan a los artículos 4, 17, 19, 41 y 43 de la Ley de Protección Contra la Exposición al Humo de Tabaco del Estado de Baja California. Esta medida, que busca promover un entorno más limpio y saludable, fue aprobada por 18 votos a favor, sin votos en contra ni abstenciones.

El legislador subrayó la importancia de esta reforma, ya que las colillas de cigarro, a pesar de su tamaño reducido, tienen un impacto negativo significativo en el medio ambiente. Se estima que el 65% de las colillas y residuos de tabaco terminan en el suelo, causando daños a la biodiversidad.

En cuanto a las multas, se establecen sanciones que van desde diez hasta cien veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización para aquellos que fumen en lugares prohibidos. Los propietarios, administradores o responsables de lugares 100% libres de humo de tabaco que permitan fumar en su interior podrán enfrentar multas de mil hasta cuatro mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización. Además, las infracciones consideradas graves conllevan multas que oscilan entre cuatro mil y diez mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42 de esta Ley.