{"id":2983487,"date":"2025-05-16T19:17:39","date_gmt":"2025-05-17T02:17:39","guid":{"rendered":"https:\/\/agpnoticias.com\/news\/?p=2983487"},"modified":"2025-05-16T19:17:47","modified_gmt":"2025-05-17T02:17:47","slug":"replica-deseable-mas-no-oligatorio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/agpnoticias.com\/news\/?p=2983487","title":{"rendered":"R\u00c9PLICA (Deseable, mas no obligatorio)"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>Por Fernando Ribeiro Cham<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Deseable, m\u00e1s no obligatorio<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Hace algunos d\u00edas sostuve una reuni\u00f3n con miembros de la comunidad atl\u00e9tica de nuestro municipio. Organizadores de los seriales atl\u00e9ticos, clubes de atletismo, corredores y la presencia de invitados como la presidenta de la comisi\u00f3n de deportes del cabildo, el presidente de la liga municipal de atletismo y el delegado de los atletas en la categor\u00eda m\u00e1ster, fueron parte de los asistentes en los que se compartieron por parte de un servidor, algunas inconsistencias detectadas en la organizaci\u00f3n del evento pedestre m\u00e1s importante de Ensenada, el medio marat\u00f3n, as\u00ed como la aplicaci\u00f3n de un instrumento de recopilaci\u00f3n de propuestas.<\/p>\n\n\n\n<p>Quiero tocar aqu\u00ed un tema que convers\u00e9 con dos organizadores de carreras, uno que yo desconoc\u00eda y que ya he enviado para an\u00e1lisis y resoluci\u00f3n por parte de la autoridad competente y es la condicionante que existe al d\u00eda de hoy para un particular interesado en organizar una carrera, a efecto de contar con el aval de la liga municipal de atletismo, a.c., y recalco, asociaci\u00f3n civil, para poder, de forma posterior, dar continuidad a la tramitolog\u00eda ante las dependencias que otorgan el visto bueno por la utilizaci\u00f3n de la v\u00eda p\u00fablica para la celebraci\u00f3n de un evento p\u00fablico deportivo. Expongo las razones por las que considero err\u00f3neo el condicionar el contar con dicho aval de la liga.<\/p>\n\n\n\n<p>Primero, la liga es una asociaci\u00f3n civil, una persona moral que aglomera a particulares y cuyas acciones no pueden tener un alcance m\u00e1s all\u00e1 de los miembros que la integran. Las costumbres o los acuerdos que se hayan establecido, sin que aparezcan en la reglamentaci\u00f3n estatal, en lo referente a la concertaci\u00f3n entre autoridades municipales y particulares o en las disposiciones municipales, no pueden aplicarse de manera supletoria, de ello es claro el art\u00edculo 10 del C\u00f3digo Civil de nuestro estado.<\/p>\n\n\n\n<p>Segundo, el art\u00edculo 70 de la Ley Estatal en materia deportiva, dispone la participaci\u00f3n de asociaciones civiles con objetos sociales de promoci\u00f3n del deporte, en cuanto a la coparticipaci\u00f3n en aquellos eventos de car\u00e1cter oficial, es decir, aquellos convocados por el Estado, no as\u00ed por particulares.<\/p>\n\n\n\n<p>Tercero, la ley considera a las asociaciones civiles deportivas, como las \u201cinstancias t\u00e9cnicas superiores de su disciplina\u201d, pero ello, de ninguna manera las faculta para otorgar validaciones o avales para la celebraci\u00f3n de espect\u00e1culos o eventos deportivos organizados por particulares, es m\u00e1s, el art\u00edculo 82 de la citada ley, limita su campo de acci\u00f3n a los eventos oficiales.<br>Cuarto, el Reglamento de Espect\u00e1culos P\u00fablicos y Centros de Reuni\u00f3n para el Municipio de Ensenada, establece la facultad exclusiva de la autoridad municipal para la expedici\u00f3n de permisos en lo concerniente a los espect\u00e1culos p\u00fablicos y centros de reuni\u00f3n para esparcimiento de las personas y las carreras pedestres en la v\u00eda p\u00fablica, caen en \u00e9ste \u00faltimo supuesto. La fracci\u00f3n I de la norma citada, establece a las actividades deportivas como una de las funciones tuteladas por la autoridad municipal.<\/p>\n\n\n\n<p>Quinto, en el art\u00edculo 8 del Reglamento de Espect\u00e1culos P\u00fablicos y Centros de Reuni\u00f3n para el Municipio de Ensenada, se establecen los requisitos a los que se obliga un particular a efecto de poder llevar a cabo la celebraci\u00f3n de una actividad regulada por la autoridad municipal, dentro de las que se agrupan las deportivas y no existe ninguna obligatoriedad para un organizador de carreras pedestres, a efecto de presentar el aval de la liga municipal de atletismo. Solo en el caso de las funciones de boxeo y lucha libre, existe la condicionante de contar con el visto bueno de la comisi\u00f3n de box, lucha libre y artes marciales mixtas, organismo que hay que decirlo, tiene una dependencia administrativa p\u00fablica, no as\u00ed las asociaciones civiles deportivas.<\/p>\n\n\n\n<p>De tal suerte que exigir el aval de la liga municipal de atletismo, asociaci\u00f3n civil, a particulares organizadores de carreras pedestres de asfalto, campo traviesa o monta\u00f1a, es err\u00f3neo e infundado, carece de sustento normativo.<\/p>\n\n\n\n<p>Podr\u00e1 argumentarse que la liga calendariza los eventos, que en conjunto con el INMUDERE planifica la distribuci\u00f3n de las carreras para que estas no choquen o incluso, de forma t\u00e9cnica entrega consideraciones para la mejora de los eventos, sin embargo, ninguno de los argumentos anteriores justifica la obligatoriedad hacia los particulares. Puede ser deseable, m\u00e1s al d\u00eda de hoy no debe ser obligatorio.<\/p>\n\n\n\n<p>Imag\u00ednese, estimado lector, que en lugar de carreras pedestres, habl\u00e1semos de un particular queriendo organizar un evento de b\u00e9isbol, a cu\u00e1l de las decenas de ligas existentes en un municipio se le requerir\u00eda el aval, para un evento de un particular, considerado invitacional.<\/p>\n\n\n\n<p>Por \u00faltimo, si un particular no desea contar con el aval de la liga municipal de atletismo, asociaci\u00f3n civil, no deber\u00eda estar impedido de continuar con los tr\u00e1mites y permisos dispuestos en el reglamento municipal y por ende, no hay raz\u00f3n para que entregue un porcentaje de los premios econ\u00f3micos, a la liga.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Fernando Ribeiro Cham Deseable, m\u00e1s no obligatorio Hace algunos d\u00edas sostuve una reuni\u00f3n con&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":2953144,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[141,7,1151],"tags":[],"class_list":["post-2983487","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-columnas","category-deportes","category-portada"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/agpnoticias.com\/news\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2983487","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/agpnoticias.com\/news\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/agpnoticias.com\/news\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/agpnoticias.com\/news\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/agpnoticias.com\/news\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=2983487"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/agpnoticias.com\/news\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2983487\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2983489,"href":"https:\/\/agpnoticias.com\/news\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2983487\/revisions\/2983489"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/agpnoticias.com\/news\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/2953144"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/agpnoticias.com\/news\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=2983487"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/agpnoticias.com\/news\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=2983487"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/agpnoticias.com\/news\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=2983487"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}