Posicionamiento del Ayuntamiento de Ensenada en caso Sempra Energy


ENSENADA, Mexico.- Ante la intención dolosa de presentar una información parcial y tergiversada de los voceros de la empresa “Energía Costa Azul, S. de R. L. de C. V.” propiedad de la trasnacional Sempra Energy, en Ensenada, acerca de la resolución emitida por el Juez Decimoprimero de Distrito, el pasado 11 de Marzo del presente año; es un imperativo del XX Ayuntamiento de Ensenada, conducirnos con toda veracidad y explicarle a los ensenadenses y a la Opinión Pública, la realidad jurídica irrebatible, y por ello informamos lo siguiente:
1. El Juez de referencia le niega a la Empresa Sempra Energy la suspensión provisional con respecto a la orden de Clausura Total Temporal de la Terminal de Gas Natural Licuado y reconoce que este tema es propio de la sentencia definitiva que se pronuncie en el Juicio Principal. El Juez NO PONE EN DUDA las facultades que el XX Ayuntamiento utilizó para la realización de las acciones encaminadas al cumplimiento de la Ley.
2. El Juez le concede a la empresa “Energía Costa Azul, S. de R. L. de C. V.” una “Suspensión Provisional para que se retiren los sellos de Clausura, no se ejecuten la demolición (sic) de las instalaciones y no se le revoquen las licencias y permisos con que cuenta la quejosa”.
Al respecto es necesario precisar:
A. Que los sellos de clausura, fueron ilegalmente retirados el mismo día en que se pusieron, por funcionarios estatales, acompañados de fuerzas policiacas federales, estatales.
B. El XX Ayuntamiento de Ensenada, no ha dispuesto ninguna acción legal tendiente a la demolición del inmueble de la empresa “Energía Costa Azul, S. de R. L. de C. V.”
C. Con respecto a los permisos y licencias de la empresa, para que quede claro, que en cuanto al Permiso de Uso de Suelo, lo único que tienen en su poder, es una carta personal del Alcalde de Ensenada en su momento, el Dr. Jorge Catalán Sosa, la cual no constituye bajo circunstancia válida alguna, en un permiso oficial para la construcción de las instalaciones de la empresa “Energía Costa Azul, S. de R. L. de C. V.”. Por consecuencia obvia y de sabido entender, tal supuesto “permiso”, es nulo de pleno Derecho.
3. En paralelo de que el Juez concede dicha Suspensión Provisional, enfatiza que esto no impide “que cuando las autoridades administrativas en ejercicio de sus facultades de inspección, vigilancia y verificación, le requieran a la quejosa, las documentales propias para el debido funcionamiento la Terminal… ni surtirá efectos tal suspensión, si con su ejecución se cometen conductas que encuadren en algún ilícito, se produzca daño al medio ambiente… y en caso de encontrar alguna irregularidad, aplique sanciones o lleven a cabo las acciones que en derecho correspondan” Es decir, que el XX Ayuntamiento de Ensenada está en pleno goce y libertad de realizar las acciones que en derecho le correspondan, conforme al atributo de sus facultades legales y el deber primigenio de salvaguardar la integridad física de los ensenadenses.
4. Otro dato que los voceros de la empresa “Energía Costa Azul, S. de R. L. de C. V.”, ocultaron en la información difundida el día de ayer, es el de que el Juez les impuso una garantía de 25 millones de pesos para garantizar los daños y perjuicios a terceros.
Frente a estos hechos, el XX Ayuntamiento de Ensenada, reitera su compromiso de realizar sus acciones apegadas a la legalidad constitucional y al Estado de Derecho, con el firme e indeclinable compromiso de que en el caso de la terminal de Gas Natural Licuado de la empresa “Energía Costa Azul, S. de R. L. de C. V.”, propiedad de la trasnacional Sempra Energy, la seguridad para los ensenadenses, la legalidad, la justicia y la protección al medio
ambiente, son y seguirán siendo la ruta y finalidad que se impongan en la solución definitiva de este problema.
Igualmente le reiteramos a la empresa “Energía Costa Azul, S. de R. L. de C. V.”, propiedad de la trasnacional Sempra Energy, que no será a través de los medios de difusión como deberán enfrentar el proceso de regularización demandando por el XX Ayuntamiento de Ensenada. AGP/Ayuntamiento de Ensenada




